Seguros
Seguro de patinete
Responsabilidad civil obligatoria para patinetes y otros vehículos de movilidad personal.
Un patinete eléctrico es un vehículo de movilidad personal, no un juguete ni una bicicleta: circula por calzada, no puede ir por la acera y a su conductor se le aplican las mismas normas de alcohol y de móvil que a cualquier otro conductor.
Lo que se asegura aquí es sobre todo la responsabilidad civil, que desde 2026 es obligatoria en toda España. El riesgo real no es romper el patinete: es atropellar a alguien, y sin póliza una lesión a un peatón se responde con el patrimonio propio, sin tope.
Qué cubre
Responsabilidad civil
Los daños corporales y materiales que causes circulando: un peatón derribado, un coche golpeado, un escaparate. Es la cobertura obligatoria, con un mínimo legal de 6,45 millones de euros en daños personales y 1,3 millones en materiales por siniestro.
Defensa jurídica y reclamación
Abogado para defenderte si te reclaman y para reclamar tú a quien te haya dado. En un siniestro con un vehículo a motor, esto es la mitad del asunto.
Accidentes del conductor
Gastos médicos, invalidez y fallecimiento por una caída, también sin terceros implicados. Se contrata aparte y es la que cubre lo que te pasa a ti.
Daños y robo del patinete
Garantía opcional, sujeta al valor declarado y, en el robo, a las mismas exigencias de amarre que en una bicicleta.
Asistencia
Recogida tuya y del vehículo si te quedas tirado. No todas las compañías la incluyen en esta modalidad.
Qué no cubre
- Circular por acera o zona peatonal, que está prohibido: un siniestro ahí compromete la cobertura además de la sanción.
- Los vehículos manipulados para superar los 25 km/h. Un patinete «liberado» deja de ser un vehículo de movilidad personal y la póliza deja de valer para él: si la compañía paga a la víctima, después te lo reclama.
- Llevar pasajero, remolcar o transportar carga que no permita el fabricante.
- Los siniestros con alcohol o drogas, que en estos vehículos se controlan igual que en un coche.
- El uso profesional de reparto, que necesita póliza específica y capitales distintos.
- La avería eléctrica, la batería y el desgaste.
Es lo habitual en este tipo de pólizas, no una lista cerrada: manda siempre el condicionado que se firma. Si tienes dudas de si algo entra o no, pregúntanos antes de contratar.
Qué mirar al comparar
Primero, la inscripción en la DGT
Para contratar el seguro, el patinete tiene que estar inscrito antes en el registro de vehículos de Tráfico y llevar la etiqueta con su número. El trámite se hace en la sede electrónica de la DGT; si aún no lo has hecho, te explicamos cómo antes de pedir precio.
Puede que ya la tengas
Algunas pólizas de hogar incluyen responsabilidad civil familiar que alcanza al patinete, y otras lo excluyen expresamente por ser vehículo. Es lo primero que revisamos, porque cambia si necesitas una póliza o no.
El certificado de circulación
Los vehículos de movilidad personal tienen que estar certificados conforme al manual de la DGT. Los que no lo están, en general comprados antes de 2024, pueden circular hasta el 22 de enero de 2027; a partir de esa fecha, solo los certificados. Conviene saberlo antes de asegurar uno que se va a quedar fuera en unos meses.
La cobertura del conductor
Igual que en moto: si solo contratas responsabilidad civil, en una caída tuya sin nadie implicado no cobras nada. En un vehículo sin carrocería, esa garantía pesa más de lo que parece.
Patinete
Lo que más nos preguntan
¿Es obligatorio el seguro de patinete?
Sí. Desde enero de 2026, la Ley 5/2025 obliga a asegurar la responsabilidad civil de los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal en toda España. Antes hay que inscribirlo en el registro de la DGT, que es requisito para contratar. Circular sin seguro se multa como en un coche, aunque con importes más bajos.
¿Puedo circular por la acera?
No. Los vehículos de movilidad personal circulan por calzada y por los carriles habilitados, nunca por acera ni zona peatonal. Además de la multa, un siniestro en acera complica seriamente la cobertura.
Si atropello a alguien, ¿quién responde?
Con póliza, la compañía, hasta los límites contratados. Sin ella, tú con tu patrimonio: el Consorcio de Compensación de Seguros solo adelanta a la víctima las lesiones que necesitan atención sanitaria, y después te reclama lo que haya pagado. Si el patinete ni siquiera está inscrito en la DGT, tampoco eso.
¿Cubre a los menores de casa?
Depende de la edad mínima que fije la póliza y de la que exija la ordenanza municipal para circular. Si en casa lo usa un menor, hay que declararlo: es una de las causas más frecuentes de que la compañía después no responda.
Compañías
Comparamos entre las compañías líderes
Y así hasta 33 compañías en el panel.
Te llamamos
Déjanos tu teléfono y lo vemos juntos
Sin compromiso: una llamada en horario de oficina, las preguntas justas y tú decides. Si prefieres escribir, también estamos en WhatsApp.































